El parque español de edificios y viviendas suspende en materia de eficiencia energética. Es la conclusión que se extrae de los datos reflejados en un estudio elaborado por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), que advierte de que más de un 80 % de los inmuebles actualmente recibe una calificación energética E, F o G, que es realmente negativa.

Ante tal situación, y teniendo en cuenta los Estándares Mínimos de Eficiencia Energética (MEPS) que impone la Comisión Europea, en España se pusieron en marcha el último año diversas políticas que pretenden mejorar estos datos y alinearse con estos objetivos establecidos desde Bruselas.

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Políticas de eficiencia energética

El País Vasco (86,52%); Canarias (85,48%); Baleares (84,89%); Murcia (83,84%); Valencia (83,08%) y Cantabria (82,25%) son las comunidades con mayor porcentaje de edificios energéticamente ineficientes. Esto se debe a que el parque de viviendas nacional, en su mayor parte construido antes de 1980, está muy envejecido.

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Para poner remedio a esta situación, el Gobierno aprobó recientemente el Real Decreto Ley 8/2023, en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que amplía hasta el 31 de diciembre de 2024 el plazo para poder solicitar las ayudas a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas, financiadas por los fondos europeos del programa Next Generation.

Este programa, que articula el plan de rehabilitación integral residencial, está dotado con 3 420 millones de euros. Las ayudas van dirigidas principalmente a propietarios, usufructuarios y arrendatarios de viviendas de uso habitual. Contempla subvenciones de hasta un 40 % del coste de las actuaciones realizadas, así como interesantes reducciones fiscales en el IRPF.

Las intervenciones objeto de financiación deberán estar finalizadas antes del día 30 de junio de 2026. Son las comunidades y ciudades autónomas las encargadas de ejecutar el reparto de las ayudas a través de convocatorias públicas, por riguroso orden de presentación de las solicitudes hasta el agotamiento de los fondos.

Cambios en la Ley de Propiedad Horizontal

Asimismo, en 2023 empezaron a notarse los resultados de la última modificación de la Ley de Propiedad Horizontal, aprobada el 15 de junio de 2022. El artículo 9. 1. F incluye la contribución a la realización de las obras de accesibilidad y eficiencia energética necesarias entre las obligaciones de los propietarios.

Del mismo modo, el artículo 17.2, también modificado, incentiva la puesta en marcha de obras que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética o la implantación de fuentes de energía renovable de uso común. Ahora ya no se exige mayoría absoluta en la votación de los propietarios, sino mayoría simple.

Asimismo, el importe repercutido anualmente no debe exceder de 12 mensualidades de gastos comunes, mientras que antes el límite estaba en 9. Los que voten en contra no tienen reconocido el derecho a sumarse posteriormente a estas mejoras pagando los gastos actualizados.

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Medidas temporales registradas en el Real Decreto Ley 20/2022

El Consejo de Ministros, a petición del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco), aprobó el 27 de diciembre de 2022 el Real Decreto Ley 20/2022, que prorrogaba durante 2023 varias medidas temporales en materia de energía.

Entre ellas destacan la suspensión del impuesto del 7% a la generación eléctrica y la ampliación hasta los dos kilómetros de la distancia entre la generación del consumo y el punto de consumo para favorecer el autoconsumo con energía fotovoltaica.

El fin de todas estas medidas es cumplir con las exigencias de la nueva Directiva de Eficiencia Energética de la Edificación (EPBD). Esta normativa europea contempla que todas las viviendas tengan un certificado de eficiencia energética E en enero de 2030 y D -o mejor- en enero de 2033. Desde 2040, esta calificación tendrá que ser B o A; y a partir de 2050 exclusivamente A.